Um exemplo que deveria ser seguido por outros países, inclusive o Brasil.Dignidade na vida e na morte, sempre!
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el anteproyecto de ley de Cuidados Paliativos y Muerte Digna, una norma que pretende aclarar los derechos de los pacientes en situación terminal y las obligaciones del personal sanitario que los atiende. La ley consagra los derechos a renunciar a un tratamiento médico y al uso de sedaciones terminales aun a costa de acortar la agonía y acelerar la muerte. El texto también reconoce el derecho del paciente a que, en la etapa final de su vida, se preserve su intimidad y la de su familia, a que esté acompañado y a que se le permita recibir el auxilio espiritual que solicite conforme a sus creencias. La ley establece que, al menos en la fase de agonía, el enfermo podrá pasarla en una habitación individual.
Hasta ahora, la mayor parte de estos derechos estaban recogidos en la ley de autonomía del paciente de 2002, pero casos como el de Inmaculada Echevarría, que tuvo que esperar seis meses para que la desconectaran del respirador que la mantenía con vida, han aconsejado elaborar otra ley más concreta.
La ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, ha señalado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el Gobierno "ha querido dar un paso más y pasar de un modelo asistencial a un sistema de derechos y garantías". La ministra ha dicho que se trata de una norma "muy demandada" por asociaciónes sanitarias y de pacientes, y por los ciudadanos, consensuada con expertos, asociaciones de pacientes y profesionales sanitarios, y ha confiado en que ese consenso rija también su tramitación parlamentaria.
La Ley de Cuidados Paliativos y Muerte Digna no regula la eutanasia ni la ayuda necesaria al suicidio, que siguen estando penalizados. A pesar de que el PSOE había incluido en su programa electoral de 2004 la creación de una comisión parlamentaria para estudiar la eutanasia, el debate no se ha abierto ni se incluyó el tema en el plan para su mandato de la legislatura que termina el año que viene. En este sentido, Pajín ha destacado que la ley "no despenaliza ni la eutanasia ni el suicidio asistido. Lo que hace es asegurar que la intervención sobre el paciente evite el ensañamiento terapéutico y el sufrimiento innecesario".
La norma, básicamente, pone negro sobre blanco lo que en el ámbito de la atención al final de la vida se considera una buena práctica médica: tratar hasta que no hay esperanza y aliviar el sufrimiento a partir de ese momento. Asimismo, se insiste en el derecho a la atención domiciliaria y en que también los menores deben ser atendidos.
Respecto a los profesionales, no se contempla ningún tipo de objeción, ya que las prácticas reguladas están consideradas como parte del correcto proceder y son derechos indisputables del paciente. Una encuesta de finales de 2010 recogía que el 97,3% de los responsables de colegios profesionales estaba de acuerdo en aplicar tratamientos para eliminar el dolor aunque estos acorten la vida del paciente.
Tras el visto bueno del Ejecutivo, el texto se remitirá al Consejo de Estado y resto de órganos consultivos, y se presentará a las comunidades autónomas en el marco del Consejo Interterritorial. Tras esto, ya en el mes de junio, se llevará nuevamente al Consejo de Ministros para que apruebe el proyecto de ley y pueda iniciarse la tramitación parlamentaria en el Congreso de los Diputados. Según las previsiones de Sanidad, el objetivo es que la ley, que entrará en vigor un mes después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pueda aprobarse antes de que acabe el año, teniendo en cuenta que la tramitación parlamentaria suele demorarse entre cuatro y seis meses.
Tras los pasos de Andalucía
Andalucía ha sido la primera comunidad autónoma en regular el derecho a una muerte digna. "Una vida digna requiere una muerte digna", establece el preámbulo del texto de la norma autonómica, que el Parlamento andaluz aprobó por unanimidad el 17 de marzo de 2010.
La ley andaluza, redactada con el acuerdo y las aportaciones de más de 60 colectivos, reconoce el derecho a recibir, o no si así lo desea el paciente, información clínica veraz y comprensible sobre su diagnóstico, con el fin de ayudarle en la toma de decisiones. También se regula el derecho del paciente a recibir tratamiento para el dolor, incluyendo la sedación paliativa y cuidados paliativos integrales en su domicilio siempre que no estén contraindicados. La persona afectada podrá igualmente rechazar o paralizar cualquier tratamiento o intervención, aunque ello pueda poner en peligro su vida.
Aragón también aprobó, el 24 de marzo pasado, una ley autonómica similar. Solo el Partido Popular rechazó la propuesta, por considerar que la norma es una "trampa" hacia la eutanasia y porque no permite la objeción de conciencia. Este asunto también preocupó al PP andaluz, por miedo a contrariar al ala más dura del partido y a la Iglesia, pero finalmente en Andalucía optaron por forzar que los artículos de la norma se votaran por separado, para oponerse solo a tres.
Texto de Emilio de Benito
(http://www.elpais.com/articulo/sociedad/ley/muerte/digna/consagra/derecho/morir/habitacion/individual/elpepusoc/20110513elpepusoc_1/Tes)
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